jueves, 12 de julio de 2012

Indagatoria para Schiavi por la SUBE


El fiscal federal Carlos Stornelli pidió ayer que se citara a indagatoria al ex secretario de Transporte Juan Pablo Schiavi como acusado de una presunta defraudación al Estado, a través de la contratación de una empresa "de dudosa existencia" para supervisar SUBE.

Además de Schiavi, el fiscal pidió que fueran citados a declarar como acusados cinco funcionarios del área de Transporte y seis supuestos representantes del consorcio encabezado por Global Infraestructure, al que se le adjudicó la supervisión del SUBE, pese a que había pedido casi diez millones de pesos más que uno de sus competidores.

La denuncia que presentó ayer Stornelli fue el resultado de una investigación preliminar realizada por su fiscalía tras una serie de publicaciones de La Nación.

Según el fiscal, "es posible presumir" que Schiavi ordenó contratar al consorcio de empresas encabezado por Global Infraestructure "a partir del ilegítimo interés presuntamente puesto en dicha contratación por los funcionarios públicos que la tramitaron, obligando abusivamente al Estado nacional".

Stornelli advirtió que Global Infraestructure presentó antecedentes "de dudosa credibilidad" y no habría cumplido con los requisitos legales que imponía el contrato. De las pruebas reunidas surge que no tiene domicilio cierto en la Argentina ni lo tendría en Inglaterra, y que su titular, Stephen Chandler, "no habría cumplido la dedicación full time que exigiría el contrato", firmado en marzo de 2011. El fiscal relata que pese a que Chandler tenía un sueldo mensual de 40.600 dólares, en 2011 estuvo más días en el exterior que en la Argentina.

Stornelli pidió, además, investigar presuntos conflictos de intereses de directivos del consorcio ganador que habrían sido funcionarios de Transporte, y solicitó peritajes para determinar qué trabajos se hicieron realmente y por qué no los hizo la propia secretaría

martes, 10 de julio de 2012

Repsol demanda a YPF


La petrolera española Repsol amplió la demanda contra YPF, empresa expropiada por el gobierno argentino, bajo el argumento de que no se informó sobre la nueva política de dividendos.

Repsol amplió la demanda presentada en un tribunal de Nueva York contra la Argentina por la expropiación de YPF, por entender que los nuevos titulares de la compañía violaron las reglas del mercado norteamericano al no comunicar cuestiones como su política de dividendos.

El pasado 16 de mayo, la compañía española y el fondo de inversión Texas Yale presentaron ante un tribunal federal de Nueva York una demanda civil colectiva contra el Estado argentino por la expropiación del 51% de YPF con el fin de obtener una indemnización económica.

En la ampliación de la demanda, que hoy adelanta el diario español El Economista, se pide al juez que declare que Argentina violó la Sección 13 de la normativa establecida por el regulador bursátil estadounidense, SEC.

En virtud de dicha norma, los nuevos directivos de YPF deberían haber remitido al regulador un formulario con las previsiones que manejan para la compañía en relación a aspectos como, por ejemplo, la política de dividendos.

Esta situación ya fue advertida por Repsol que, transcurridos dos meses y medio desde la nacionalización del 51% de YPF, decidió denunciarlos formalmente.

En la demanda presentada en mayo, Repsol alega que Argentina violó sus obligaciones contractuales al no lanzar una OPA por la petrolera tras retomar el control de YPF, y pide que el precio de la oferta se fije de acuerdo a lo que establece la ley.

Los abogados añaden que mientras no se lance esa OPA las acciones expropiadas por Argentina "no puedan ejercer su derecho a voto, ni recolectar dividendos, ni ser tenidas en cuenta para el cómputo del quórum de constitución de las correspondientes Juntas Generales".

En paralelo, pocos días antes de la presentación de la demanda, Repsol inició los trámites para llevar a un arbitraje internacional la nacionalización de YPF.
Hasta la expropiación ordenada por el gobierno argentino, Repsol era el máximo accionista de YPF con el 57,4% del capital, una participación que la compañía presidida por Antonio Brufau valoraba en 10.500 millones de dólares.

viernes, 6 de julio de 2012

Los fiscales piden libertad para trabajar


Tras un encuentro de la comisión directiva de la Asociación de Fiscales, entidad que los agrupa en todo el país, reclamaron independencia para poder investigar. Además destacaron la necesidad de contar con "autarquía financiera" para poder realizar correctamente su trabajo.

El 2 de julio pasado se llevó a cabo la reunión de comisión directiva de la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la República Argentina, donde sus integrantes ratificaron la necesidad de asegurar la independencia de criterio en las investigaciones que lleva adelante cada fiscal, sin ningún tipo de injerencia “incluso desde el mismo órgano”.

A través de un comunicado de prensa, el organismo estatal informó que en la congregación se sostuvo “la necesidad de la autarquía financiera del Ministerio Público Fiscal de la Nación, y a su vez, se hizo especial hincapié en que “se torna imperiosa la rápida cobertura de las numerosas vacantes de magistrados fiscales en base a las ternas elevadas al Poder Ejecutivo”.

Por último, se señaló: “Es de esperar que a través del sistema republicano de gobierno, todos los Poderes del Estado velen por el respeto de los derechos y garantías de que gozan los integrantes del órgano extrapoder, es decir, del Ministerio Público Fiscal de la Nación, no como prerrogativas personales para los magistrados, sino para que la ciudadanía tenga la tranquilidad de que los fiscales que tienen la importante función de impulsar la acción penal promoviendo la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad, puedan hacerlo con total libertad”.

Un fallo le impide comprar dólares a un ingeniero


El ingeniero neuquino Carlos María Martín necesitaba adquirir 125 mil dólares para, según dijo, cancelar un crédito hipotecario, pero continuará impedido por la Justicia para comprar dólares, debido a que la Cámara Federal de General Roca revocó la medida cautelar que había dictado la jueza neuquina Carolina Pandolfi, en la que le exigía a la AFIP que le permita comprar esa cifra al denunciante.

El recurso presentado por Pandolfi habilitaba al ingeniero petrolero Martín a saltear el cepo al dólar para realizar una operación inmobiliaria, al admitir un recurso presentado contra las medidas de la AFIP para regular el sistema cambiario.

Ahora, el tribunal dejó sin efecto la autorización y consideró que si por las restricciones para adquirir dólares que son comunes a todos los argentinos no puede cancelar la deuda, no podrá ser considerado "en mora" por el acreedor.

La jueza neuquina Carolina Pandolfi había concedido la medida cautelar para que el particular comprara los dólares necesarios para pagar la deuda por la casa, pues en caso de no hacerlo, ello podría generarle un perjuicio económico por incumplimiento del convenio.

La medida fue apelada por la AFIP y ahora la Cámara Federal rionegrina revocó la medida y descartó que la prohibición de comprar dólares empujara al empresario a recurrir al mercado ilegal de cambios, cometiendo un delito.

El tribunal de alzada recordó que, según la ley argentina, "el deudor queda exento de las responsabilidades derivadas de la mora en los casos en que ésta no le fuese imputable, siempre que así lo demuestre".

"Las dificultades que ha experimentado para adquirir los dólares billete por el momento resultan invencibles por la voluntad de aquel contratante que desea obtener los dólares con los cuales extinguir su obligación mediante el cumplimiento de la prestación debida", señala la resolución.

"Es de una evidencia que no admite ninguna duda que el incumplimiento del reclamante, en relación con la deuda contraída, no lo haría incurrir en mora porque su conducta quedaría cubierta por la fuerza mayor derivada de los actos del poder público que le han impedido, por ahora, obtener la moneda extranjera escogida en el contrato para el pago", insistió el texto.

Para el tribunal, "la revocación de la precautoria no irrogaría al accionante los perjuicios que se señalaron en la resolución que la concedió".

El fallo que dejó sin efecto la autorización para la compra de los dólares, de una veintena de páginas, fue firmado por los jueces Ricardo Barreiro y Mariano Lozano.

jueves, 5 de julio de 2012

Lugo busca anular su juicio político


El destituido presidente paraguayo Fernando Lugo presentó un nuevo recurso de inconstitucionalidad para intentar declarar nulo el juicio político que llevó a su destitución del cargo ejecutivo.

"Es una acción que ataca de inconstitucional la resolución del Senado por la cual se destituyó al presidente de la República", declaró Adolfo Ferreiro, uno de los abogados de Lugo. "Fue una grave violación de las garantías constitucionales", añadió.


La nueva acción fue planteada ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema, que hoy mismo tiene previsto reunirse para analizar el asunto, según anunció el presidente del alto tribunal, Víctor Ñúñez, en declaraciones a la radio Primero de Marzo.

Remarcó que tratarán de expedirse en la brevedad, dada la relevancia del asunto. "Lo que estamos atacando son deficiencias formales del proceso", insistió Ferreiro, quien presentó el recurso con los demás abogados de Lugo este miércoles.

La Sala Constitucional ya había desestimado el 25 de junio pasado el primer recurso de Lugo, presentado contra el reglamento del Legislativo que fijó los horarios de las sesiones del "juicio político", concluido en un solo día.

A través de ese proceso, el exprelado fue separado del cargo el 22 de junio último al ser declarado culpable de "mal desempeño" en sus funciones y pocas horas después fue sustituido por su entonces vicepresidente, Federico Franco.

Lugo argumentó entonces que no se le dio el tiempo para articular su defensa, mientras que la nueva "acción de inconstitucionalidad" va en contra del veredicto mismo del Legislativo.

En cuanto a las posibilidades de obtener una respuesta judicial favorable, Ferreiro aseveró: "no esperamos mucho porque esta Corte está amenazada por el Senado de que si no se resuelve lo que al Congreso le gusta les van a juzgar también políticamente, así como se le juzgó al presidente y los van a destituir".

Recordó que esa instancia judicial tiene treinta días hábiles para expedirse sobre el asunto y ratificó que "una vez que se agoten las instancias internas locales" podrían recurrir a organismos internacionales.

"El presidente (Lugo) podría recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y a la Corte Internacional. Vamos a seguir actuando como abogados del presidente en la medida en que él disponga que así sea", añadió.

Inició el proceso contra los hermanos Di Zeo

 Rafael Di Zeo, antiguo líder de La Doce -barrabrava de Boca-, se negó a declarar en la primera jornada del juicio oral y público en el que está acusado por integrar una asociación ilícita y tenencia ilegítima de arma y munición de guerra.

“Por el momento no voy a declarar y lo haré más adelante”, declaró Di Zeo.

Ante el Tribunal Oral en lo Criminal Seis (TOC6), presidido por Yacobucci e integrado por sus colegas Leonardo De Martini y Alejandro Noceti Achával, el imputado hizo uso de su derecho constitucional de negarse a declarar, al igual que los otros acusados que también rehusaron hacerlo.

Junto a Di Zeo, los banquillos de los acusados los ocupan su hermano Fernando, Alejandro Javier Falcigno, quien junto a `Rafa` está imputado como "organizador" de la asociación ilícita, Fabián Adolfo Kruger, Diego Marcelo Rodríguez, Gustavo Amadeo Pereyra, y José Luis Fernández.

La nómina de acusados la completan Juan Antonio Castro, Roberto Joaquín Ibáñez, Hugo Humberto Zalazar, Carlos Andrés Amenedo, Juan Carlos Alejo, Leonardo Gabriel Chávez, Angel Martín Díaz, Héctor Daniel Alarcón y la policía Viviana Parrado, a quien se le imputa presunto "incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento calificado".

El juicio oral y público, en el que la acusación la lleva adelante el fiscal Diego Nicholson, se realiza en la sala de audiencias del TOC6, en cuyas inmediaciones se encuentran una treintena de simpatizantes de Boca Juniors, en el sexto piso de los tribunales porteños.

La primera audiencia comenzó con una serie de controversias técnicas entre el fiscal Nicholson y el abogado Mariano Cúneo Libarona, defensor de Di Zeo, acerca de la incorporación o desistimiento de diversos testigos, lo que originó que el camarista Yacobucci dispusiese un breve cuarto intermedio luego de las indagatorias.

miércoles, 4 de julio de 2012

Ricardo Fort, procesado por evasión impositiva

 
La Sala A de la Cámara Nacional en lo Penal Económico resolvió procesar al empresario y conductor Ricardo Fort por el delito de evasión impositiva.

El procesamiento ocurre tras una denuncia presentada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por evasión impositiva en 2008 y 2009, y a pesar de que el millonario ya había pagado a la AFIP 900 mil pesos reclamados por el organismo recaudador. Sucede que la Justicia lo procesa por haber ocultado suntuosos bienes, valuados en un total de 1.3 millones de dólares, entre los que se cuentan: dos autos Rolls Royce "Phantom" de 2008 y 2009 y una motocicleta Harley Davidson Screaming Eagle de 2008.

La punta del ovillo de esta investigación es una denuncia de la AFIP en la que se constató que el chocolatero no había actualizado sus declaraciones juradas de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Fue allí que debió pagar 520 mil pesos pendientes por Ganancias de 2008; 200 mil correspondientes a 2009 y 175 mil por Bienes Personales.

Recordemos que en nuestro país, el delito federal de evasión fiscal reconoce básicamente dos posibilidades: en el caso de que el monto evadido esté entre 100 mil y 1 millón de pesos por año y por impuesto, hay evasión simple y la sanción establecida en la normativa vigente es de dos a los seis años de prisión; mientras que cuando la suma asciende a más de 1 millón de pesos por período fiscal, la pena podría ser de entre tres años y medio y nueve años de prisión.

De todas maneras, hablamos de un delito es excarcelable y sin prisión preventiva. Los esespecialistas, en general, sostienen que de haber sentencia firme, la condena es de ejecución condicional. O sea que el evasor, en este caso el propietario de Felfort, tiene una posibilidad de evitar la cárcel, pagando el monto evadido y dando por cerrada la causa.