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viernes, 6 de julio de 2012
Un fallo le impide comprar dólares a un ingeniero
El ingeniero neuquino Carlos María Martín necesitaba adquirir 125 mil dólares para, según dijo, cancelar un crédito hipotecario, pero continuará impedido por la Justicia para comprar dólares, debido a que la Cámara Federal de General Roca revocó la medida cautelar que había dictado la jueza neuquina Carolina Pandolfi, en la que le exigía a la AFIP que le permita comprar esa cifra al denunciante.
El recurso presentado por Pandolfi habilitaba al ingeniero petrolero Martín a saltear el cepo al dólar para realizar una operación inmobiliaria, al admitir un recurso presentado contra las medidas de la AFIP para regular el sistema cambiario.
Ahora, el tribunal dejó sin efecto la autorización y consideró que si por las restricciones para adquirir dólares que son comunes a todos los argentinos no puede cancelar la deuda, no podrá ser considerado "en mora" por el acreedor.
La jueza neuquina Carolina Pandolfi había concedido la medida cautelar para que el particular comprara los dólares necesarios para pagar la deuda por la casa, pues en caso de no hacerlo, ello podría generarle un perjuicio económico por incumplimiento del convenio.
La medida fue apelada por la AFIP y ahora la Cámara Federal rionegrina revocó la medida y descartó que la prohibición de comprar dólares empujara al empresario a recurrir al mercado ilegal de cambios, cometiendo un delito.
El tribunal de alzada recordó que, según la ley argentina, "el deudor queda exento de las responsabilidades derivadas de la mora en los casos en que ésta no le fuese imputable, siempre que así lo demuestre".
"Las dificultades que ha experimentado para adquirir los dólares billete por el momento resultan invencibles por la voluntad de aquel contratante que desea obtener los dólares con los cuales extinguir su obligación mediante el cumplimiento de la prestación debida", señala la resolución.
"Es de una evidencia que no admite ninguna duda que el incumplimiento del reclamante, en relación con la deuda contraída, no lo haría incurrir en mora porque su conducta quedaría cubierta por la fuerza mayor derivada de los actos del poder público que le han impedido, por ahora, obtener la moneda extranjera escogida en el contrato para el pago", insistió el texto.
Para el tribunal, "la revocación de la precautoria no irrogaría al accionante los perjuicios que se señalaron en la resolución que la concedió".
El fallo que dejó sin efecto la autorización para la compra de los dólares, de una veintena de páginas, fue firmado por los jueces Ricardo Barreiro y Mariano Lozano.
martes, 3 de julio de 2012
Un cirujano plástico fue condenado a tres años de prisión condicional
Un cirujano plástico recibió una condena de tres años de prisión condicional por parte de la justicia cordobesa, a causa de la muerte de una paciente después de una operación realizada en 2004. Había estado prófugo de la ley durante tres años.
Jorge Godoy Martorelli fue declarado culpable del homicidio culposo por mala praxis en la operación de María Ofelia Lago. La mujer, que tenía 58 años, falleció debido a una broncoaspiración tras someterse a una cirugía de párpados, labios y nariz. Además de los tres años condicionales, se lo inhabilitó para ejercer la medicina por siete años.
“El dolor más grande para un médico o cirujano es el deceso de un paciente, porque nosotros nos formamos para salvar vidas. Nunca para matar. Llevo el fuego sagrado de la Medicina en el alma y sentiré hasta el último día de mi vida a la Medicina no sólo como una profesión sino como un apostolado”, declaró Godoy Martorelli.
La hija de la víctima aseguró que “sus dichos no se condicen con la actitud que tuvo, ya que jamás dio una muestra clara de arrepentimiento”.
Jorge Godoy Martorelli fue declarado culpable del homicidio culposo por mala praxis en la operación de María Ofelia Lago. La mujer, que tenía 58 años, falleció debido a una broncoaspiración tras someterse a una cirugía de párpados, labios y nariz. Además de los tres años condicionales, se lo inhabilitó para ejercer la medicina por siete años.
“El dolor más grande para un médico o cirujano es el deceso de un paciente, porque nosotros nos formamos para salvar vidas. Nunca para matar. Llevo el fuego sagrado de la Medicina en el alma y sentiré hasta el último día de mi vida a la Medicina no sólo como una profesión sino como un apostolado”, declaró Godoy Martorelli.
La hija de la víctima aseguró que “sus dichos no se condicen con la actitud que tuvo, ya que jamás dio una muestra clara de arrepentimiento”.
viernes, 22 de junio de 2012
Claudio Cirigliano, excarcelado
La Sala 2 de la Cámara Federal porteña excarceló a Claudio Cirigliano, titular de Cometrans, y Carlos Ferrari, presidente de TBA, por la causa de la tragedia de trenes en Once, que dejó 50 muertos.
El Tribunal de Apelaciones se encargó de firmar el fallo que revocó la decisión del juez federal Claudio Bonadío.
El empresario está detenido en a cárcel de Ezeiza acusado de obstruir la investigación por el accidente que dejó 51 muertos, pero fue liberado por decisión de la Cámara Federal.
La acusación es por el delito de "obstrucción a la justicia" por el traslado sin autorización de libros contables tras el quite de la concesión de los ramales Sarmiento y Mitre por parte del Gobierno.
Esa documentación era usada por los peritos designados para realizar un estudio contable sobre el uso dado por los subsidios en la empresa y posibles desvíos de dinero.
jueves, 14 de junio de 2012
Eduardo Vásquez, condenado a 18 años de prisión
Llegó el momento del veredicto, luego de más de dos años de la muerte de Wanda Taddei. El ex baterista de Callejeros, Eduardo Vásquez, fue condenado a 18 años de prisión por el homicidio de su esposa, quien murió a causa de las graves quemaduras sufridas tras una pelea de pareja.
Vázquez, que prefirió no presenciar la lectura del veredicto, había pronunciado como últimas palabras: "Quisiera decirles que soy una persona que no le haría daño a nadie".
Sin embargo, el Tribunal Oral Criminal 20 de la Capital Federal, integrado por Pablo Laufer, Luis Niño y Patricia Mallo, lo encontraron responsable de "homicidio calificado por el vínculo atenuado por el estado de emcoción violenta".
Sin embargo, el Tribunal Oral Criminal 20 de la Capital Federal, integrado por Pablo Laufer, Luis Niño y Patricia Mallo, lo encontraron responsable de "homicidio calificado por el vínculo atenuado por el estado de emcoción violenta".
martes, 12 de junio de 2012
Padres son intimados a vacunar a su hijo
La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió que se intime a los padres de un chico menor de edad a que cumplan con el plan de vacunación oficial, debido a que se negaban al procedimiento por otras creencias.
Los padres del niño son fieles de la medicación homeopática y ayurvédico, por lo que se niegan a administrarle las dosis estipuladas por el plan obligatorio de vacunación estatal. Se priorizó la salud pública y el interés superior del niño como "sujeto vulnerable y necesitado de protección".
“La no vacunación del menor lo expone al riesgo de contraer enfermedades, muchas de las cuales podrían prevenirse mediante el cumplimiento del plan nacional de vacunación”, entendieron los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi Maqueda, y Eugenio Zaffaroni.
La pareja intentó responder con el artículo 19 de la Constitución Nacional (“las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”), pero el fallo sostiene que toda conducta que perjudique derechos de terceros queda fuera de la órbita del ámbito de reserva del artículo 19 de la Constitución Nacional (pone en riesgo la salud de la comunidad).
viernes, 8 de junio de 2012
Represores sentenciados
Los represores Pedro Santiago Godoy y Alfredo Omar Feito fueron sentenciados a 25 y 18 años de prisión, respectivamente, por sus crímenes de privación de libertad y tortura cometidos durante la dictadura.
Godoy fue condenado por su participación en 152 casos de privación y tortura, mientras que Fieto tuvo participación en otros 15, cometidos en los centros clandestinos de detención Atlético, Banco, Olimpo.
El Tribunal Oral Federal 2 calificó los crímenes de "lesa humanidad” y por lo tanto “imprescriptibles”. El veredicto fue recibido con aplausos por parte de sobrevivientes y familiares de las víctimas.
Macri va rumbo al juicio oral por la causa de las escuchas
La Cámara de Casación penal dejó firme el procesamiento de Mauricio Macri, jefe de gobierno porteño, en la causa por escuchas ilegales, por lo que podrá afrontar un juicio oral por el juez Norbeto Oyarbide.
La apelación de Macri fue desestimada por la sala III del máximo tribunal penal. La decisión de la Casación significó sacar el último obstáculo pendiente rumbo al juicio oral y público.
"La resolución que confirmó el auto de procesamiento no constituye sentencia definitiva a los fines del recurso de casación, máxime no habiéndose acreditado la existencia de cuestión federal, ni demostrado que se presente alguno de los supuestos de excepción admitidos por la Corte Suprema", afirmaron los camaristas Eduardo Riggi, Rafael Madueño y Ana María Figueroa.
jueves, 7 de junio de 2012
Fernando Carrera, en libertad
Fernando Carrera, quien cumplió siete años de una condena de 30 años de prisión por la llamada "Masacre de Pompeya", quedó en libertad tras la revocación del fallo por parte del mismo Tribunal que lo había condenado en 2007.
La Corte Suprema Nacional dictó un fallo que dispuso revisar todo el proceso por el cual Carrera fue sentenciado, producto de eso el Tribunal Oral en lo Criminal 14 resolvió excarcelarlo.
“El tema se va a esclarecer definitivamente. La lucha empieza hoy, a partir de este momento se empieza a hacer justicia”, declaró tras la salida de la cárcel de Marcos Paz.
Sin embargo, Francisco Silva, padre de una de las mujeres asesinadas junto a su hijo, se mostró furioso contra esta resolución: “Me quedé sin mi hija y sin mi nieto. Cuando condenaron a Carrera a 30 años (de prisión) tuve algo de paz porque se había hecho justicia. Ahora, con esta decisión, estoy destrozado”.
miércoles, 6 de junio de 2012
Después de 7 años, ahora van a revisar la causa por la que está preso
Fernando Carrera lleva siete años preso, por una condena total que va hasta los 30 años. Sin embargo, la Corte Suprema acaba de disponer que sea revisado todo el proceso que justamente lo depositó allí, tras haber sido encontrado culpable de la llamada Masacre de Pompeya.
La esposa de Carrera confirmó que su marido será liberado del penal de Marcos Paz, donde se encontraba cumpliendo la sentencia por haber sido hallado culpable en 2007 de triple homicidio agravado, en la denominada Masacre de Pompeya.
Según dictaba la causa, había atropellado a una mamá con su hijo de 6 años y otra mujer más, mientras que escapaba de la Policía por un robo realizado ese mismo día. Sin embargo, el propio Tribunal Oral en lo Criminal 14 que lo condenó es el que señaló que la sentencia debe ser revisada.
lunes, 4 de junio de 2012
Madre de 91 años deberá pasarle cuotas alimenticias a hijo de 70
Un fallo de la Cámara Civil ordenó que una mujer de 91 años de edad, declarada insana, debe pasarle a su hijo de 70 años una cuota alimenticia de 5000 pesos por mes.
"No hay duda de que la madre está llamada por la ley a proveer asistencia al hijo mayor de edad, ya que percibe los frutos de la explotación de un campo", consideraron los jueces Mauricio Mizrahi, Omar Díaz Solimine y Claudio Ramos Feijóo.
La resolución viene porque, según muestra el expediente, mientras la madre estaba en uso de sus facultades mentales, acostumbraba pasarle cuotas mensuales a su hijo (incluso alcanzando los 228 mil pesos).
"En la medida en que aquellos pagos existieron sin que hubiese habido una sentencia o un convenio que los reconociera como obligación civil, sólo cabe considerar que tales aportes representaron liberalidades de la madre que, en el mejor de los casos, podrían asimilarse al cumplimiento de una obligación natural", sostiene el fallo, al que tuvo acceso la agencia DyN.
8 años de prisión para el culpable de una muerte por correr picada
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de San Martín dictó una sentencia de 8 años de prisión para Víctor Hugo Altamirano, quien en 2008, al correr en una picada, fue el responsable de la muerte de Matías Cardozo.
La familia de Matías Cardozo se fue conforme con la sentencia (más allá de que todavía puede ser apelada por el lado del condenado), porque es un fallo que sienta jurisprudencia para el futuro.
"Siempre esperamos que a Altamirano se lo encontrara culpable del delito de homicidio simple con dolo eventual. En cuestiones de tránsito se suele usar la figura del homicidio culposo con penas excarcelables. Logramos que se entendiese que se trataba de un asesinato y estamos conformes. Obtuvimos una sentencia ejemplificadora", declaró la madre de la víctima.
La muerte de Cardozo se produjo, cuatro años atrás, cuando se dirigía a comprar una tarjeta para hablar por teléfono, casi a la medianoche, en Avenida Perón y Alvear. Ahí fue cuando el auto de Altamirano lo atropelló, todo por correr una picada.
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