martes, 12 de junio de 2012

Padres son intimados a vacunar a su hijo



La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió que se intime a los padres de un chico menor de edad a que cumplan con el plan de vacunación oficial, debido a que se negaban al procedimiento por otras creencias.




Los padres del niño son fieles de la medicación homeopática y ayurvédico, por lo que se niegan a administrarle las dosis estipuladas por el plan obligatorio de vacunación estatal. Se priorizó la salud pública y el interés superior del niño como "sujeto vulnerable y necesitado de protección".

“La no vacunación del menor lo expone al riesgo de contraer enfermedades, muchas de las cuales podrían prevenirse mediante el cumplimiento del plan nacional de vacunación”, entendieron los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi Maqueda, y Eugenio Zaffaroni.

La pareja intentó responder con el artículo 19 de la Constitución Nacional (“las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”), pero el fallo sostiene que toda conducta que perjudique derechos de terceros queda fuera de la órbita del ámbito de reserva del artículo 19 de la Constitución Nacional (pone en riesgo la salud de la comunidad).

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